por admin » Vie, 28 Jul 2017, 16:31
Buenas tardes:El Ministerio de salud establece la obligatoriedad por parte de las entidades de salud de prestar los servicios de promoción de la salud y prevención de la enfermedad de la población afiliada. Dentro de estas acciones se encuentra la atención dentro del programa Crecimiento y Desarrollo, que busca identificar de manera oportuna alteraciones en menores de 10 años, la cual cuenta con la guía de atención específica, donde se establecen los aspectos a valorar y la frecuencia de la misma.
Si bien los padres o acudientes tienen la posibilidad de llevar a sus hijos a otros servicios de salud, es necesario recordar que dentro de los Lineamientos y Estándares Técnicos de Educación Inicial, en el aparte de orientaciones menciona que las consultas particulares no reemplazan la asistencia al programa de crecimiento y desarrollo, ya que el programa permite realizar un seguimiento sistemático y con determinada frecuencia, que no suele estar contemplado en consultas particulares.
Cordial saludo,